domingo, 30 de marzo de 2014

Salario Mínimo y Reforma Tributaria

Se reconoce el concepto de salario mínimo a partir de la Huelgas marítimas de 1890 en Nueva Zelanda, donde se instituye éste con el fin de garantizar la protección de los trabajadores y mejorar las condiciones de empleo.

Se destaca, además, los avances obtenidos por las presiones sindicales a finales del siglo XIX  y comienzos del XX en Gran Bretaña, con lo cual se alcanzó en el tema laboral  la seguridad social y laboral de los patrones y trabajadores. Empero uno de los elementos más destacados en la historia del salario mínimo es la conferencia de Berna (1919) donde se elaboró la Carta del trabajo y se crearon las reuniones de negociación entre  empleadores y trabajadores para concertación del salario legal.

En Colombia la historia del salario mínimo se remite a 1945 con la aprobación de la ley 6° del mismo año, sin embargo, sólo a partir de 1949 luego del emblemático nueve de abril y las importantes movilizaciones sindicales, se inicia el cumplimiento de esta con la aprobación del primer salario mínimo de 2 pesos. El segundo momento importante es 1979 donde se logra concretar una fecha anual para el reajuste salarial, pues hasta este período el salario podría no variar en varios años e incluso ajustarse dos o tres veces en el mismo.

Con la constitución del 91 se establece que el Congreso expedirá el estatuto del trabajo, donde se tendrá en cuenta, entre otras cosas, la remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo[1], además se crea la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales[2] (también conocida como la comisión tripartita), la cual se reglamenta por medio de la Ley 278 de 1996, donde se afirma que esta será la encargada de fijar de manera concertada el salario mínimo general[3].

En primer lugar hay que decir que si bien existen cinco elementos técnicos que se tienen en cuenta a la hora de determinar el salario (La meta de inflación del año siguiente fijada por el Banco de la República, la productividad acordada por el comité tripartito de productividad, la contribución del salario al ingreso nacional, el incremento del Producto Interno Bruto y la inflación real del año que culmina[4]), la negociación es una puja eminentemente política, donde se enfrentan los intereses del capital y los de los trabajadores, pues los resultados de estas negociaciones determinaran la llamada distribución funcional (participación tanto del capital como del trabajo en el PIB), es así que puede buscarse en los resultados de las concertaciones no necesariamente un reflejo de la situación económica del país, sino más bien una imagen de la acumulación de fuerzas en la batalla constante entre capitalistas y trabajadores.

Esto se puede corroborar observando que en la última década la brecha entre la productividad y el salario mínimo real no ha tenido una disminución importante, por lo cual, el desfase entre productividad y salario real aguza y fortalece la inequidad presente en el país, pues por un lado disminuye la proporción del ingreso que se apropian los hogares vía salarios y por el otro reduce la capacidad de consumo de los mismos. Es así  que dos de los cinco elementos técnicos pierden toda relevancia en la medida en que no ocupan el lugar que merecen dentro de la comisión de concertación.

De tal forma que la puja por quién se lleva los llamados “beneficios de la economía colombiana”, al momento, está a favor de los capitalistas y en detrimento de los trabajadores, quienes son el grueso de los consumidores y los principales contribuyentes.

Por otro lado, éste detrimento se profundizará. A partir del primero de enero, los empresarios, debido a la Reforma Tributaria, dejarán de pagar el 8,5% correspondiente al aporte de salud de sus empleados que ganen menos de 10 salarios mínimos. Esta medida, junto con la primera etapa de la reforma que consistía en que dejen de pagar también los aportes al SENA y al ICBF, es implementada por el gobierno con el argumento de reducir los costos laborales no salariales, y así, al pagar el empleador menos dinero por trabajador, espera que el desempleo informal aumente. Esto consiste en un error, por un lado, porque está demostrado que al aumentar la flexibilación laboral, no aumenta el empleo si no hay una demanda efectiva para la producción como en el caso colombiano[5]. Por otro lado, es claro que la política del gobierno es contradictoria si su objetivo es ese, dado que está arrasando con la industria y el sector agropecuario, con la firma de los TLC’s y su locomotora minero-energética como pilar fundamental de la economía colombiana, que no genera significativamente empleo de forma directa y tampoco encadenamientos económicos.

Para sustituir estos pagos por parte de los empresarios, la Reforma Tributaria creó el impuesto sobre la renta “para la equidad” CREE, que prometía recaudar mayor cantidad de dinero para lo que se dejó de pagar. Según el parágrafo 1 del artículo 28 de la Reforma, si el impuesto no logra recaudar un monto mínimo, que es superior a lo que se venía recaudando antes, el Gobierno Nacional con recursos del Presupuesto General de la Nación cubrirá la diferencia. Según la DIAN, hasta julio de 2013 el CREE cumplió en un 61% la meta generada en la Reforma. Por lo tanto, los empresarios están dejando de pagar a los trabajadores dinero que no estaba incluido en sus salarios, y ahora es asumido por el Presupuesto General de la Nación, es decir, impuestos que en su mayor parte son pagados por la clase trabajadora del país.

Pero algo es claro. El Gobierno Nacional está orgulloso afirmando que ya se empiezan a ver las maravillas macroeconómicas de la Reforma Tributaria, está bajando la cifra de desempleo en el país. Pero si este argumento está desarmado, ¿por qué disminuyen las cifras de desempleo? Según la nueva metodología para la medición del desempleo del DANE[6], los ocupados son personas que, durante el periodo de referencia, trabajaron, por lo menos, una hora remunerada en la semana, o trabajadores familiares sin remuneración. Es decir, si una persona trabaja al menos una hora a la semana, con o sin remuneración, está empleado. Así cómo no van a sonreír las cifras. Al igual que lo ocurrido con la polémica por la medición de la pobreza en Colombia, el Gobierno Nacional, en lugar de tratar los problemas esenciales de la mayoría de la población, maquilla las cifras y con mucho orgullo afirma que está mejorando el país.

La clase trabajadora colombiana, por un lado, se encuentra afligida por un incremento salarial paupérrimo del 4,5% para este año, y por otro, para rematar, comienza a aplicar otra parte de una Reforma Tributaria que genera mayores utilidades para los empresarios sin mejorar la situación del grueso de la población. Es claro que estas no son condiciones para una vida digna, pero es aún más claro que esa vida digna no se va alcanzar por negociaciones y reformas que no estén respaldadas por grandes movilizaciones, que recojan el sentir de todos aquellos trabajadores que apenas sobreviven y aquellos que no logran ingresar al mercado laboral, que hacen parte del ejercito industrial de reserva. Es imperativo, hoy más que nunca, recoger de la experiencia aportada por los estudiantes, por los cafeteros, por los campesinos; las movilizaciones decididas son el garante de nuestras victorias. Forjar un país con Paz y justicia social implica elegir un nuevo país, y esto solo es posible a través de la movilización y la lucha popular.




[1] Art. 53 Constitución Política de Colombia. 1991
[2] Art. 56 Ibidem.
[3] Art. 2° Ley 278 de 1996
[4] Art. 8° Ibidem.
[6] Metodología Gran Encuesta Integrada de Hogares, DANE, Marzo 2013.

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